Términos y condiciones generales de CONIUNCTA®
1. ALCANCE
(1) Las ofertas y contratos de CONIUNCTA®, (en adelante "CONIUNCTA®") relativos al desarrollo, fabricación, adaptación y entrega de CONIUNCTA®>Prolos productos y otros servicios proporcionados por CONIUNCTA® están sujetos exclusivamente a los siguientes términos y condiciones generales ("Términos y condiciones"). También se aplican a todas las entregas, servicios u ofertas futuras al cliente, incluso si no se vuelven a acordar por separado.
(2) Estos Términos y Condiciones Generales se aplican exclusivamente. Los términos y condiciones generales del cliente diferentes, contradictorios o complementarios sólo formarán parte del contrato si y en la medida en que CONIUNCTA® haya aceptado expresamente su validez. Este requisito de consentimiento se aplica en todos los casos, por ejemplo, incluso si CONIUNCTA® realiza la entrega al cliente sin reservas conociendo los términos y condiciones generales del cliente.
2. CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
(1) El contrato se concluye cuando CONIUNCTA® emite una confirmación de pedido por escrito o cuando CONIUNCTA® realiza una entrega concertada por el cliente. Cualquier declaración previa del cliente, en particular cartas de confirmación, se considera únicamente una oferta para celebrar un contrato. Las promesas verbales hechas por CONIUNCTA® antes de la celebración de este contrato no son legalmente vinculantes y los acuerdos orales entre las partes contratantes se reemplazan por el contrato escrito a menos que indiquen expresamente que continúan siendo vinculantes.
(2 ) A menos que se acuerde lo contrario por escrito, todas las ofertas, los documentos pertenecientes a las ofertas, como Proinformación del producto, listas de precios y otros documentos, son de CONIUNCTA® sin compromiso. Para la definición de la naturaleza de un producto o servicio CONIUNCTA®-Proque debe ser proporcionado por CONIUNCTA® , sólo son decisivas las descripciones contenidas en la confirmación escrita del pedido por parte de CONIUNCTA® .
(3) CONIUNCTA® siempre se reserva el derecho de realizar cambios o ajustes en los productos CONIUNCTA®-Proy, salvo acuerdo en contrario, lo hará a discreción del cliente informar sobre cualquier cambio o ajuste.
(4) A menos que se acuerde lo contrario, se reserva el derecho CONIUNCTA® se reserva los derechos de propiedad y derechos de autor de todas las ofertas, estimaciones de costos, recetas, dibujos, ilustraciones, cálculos, Progafas, catálogos, modelos, herramientas y otros documentos y ayudas presentados. El cliente no podrá hacer accesibles estos elementos y documentos a terceros, divulgarlos, utilizarlos o reproducirlos por sí mismo o a través de terceros sin el consentimiento expreso de CONIUNCTA® . A petición de CONIUNCTA® , el cliente deberá devolver estos artículos en su totalidad y destruir las copias realizadas si ya no son necesarios en el curso normal del negocio o si las negociaciones no conducen a la celebración de un contrato. Se exceptúa de esto el almacenamiento de datos proporcionados electrónicamente con el fin de realizar una copia de seguridad normal de los datos.
3. OBJETO DEL CONTRATO
(1) El objeto específico del contrato resulta del pedido del cliente en el que se basa el contrato y de la correspondiente confirmación del pedido por parte de CONIUNCTA®. Los servicios de CONIUNCTA® pueden incluir en particular:
(a) Entrega de conductos CONIUNCTA®-Proestandarizados que no requieren adaptación individual para el cliente respectivo (en adelante "conductos estándarpro" ).
(b) Desarrollo, fabricación y entrega de productos CONIUNCTA®-Propor cuenta y según las especificaciones del cliente, que son distribuidos y vendidos por el cliente bajo su propio nombre y marca (en adelante "Marca Privada Productos").
(c) Desarrollo, fabricación y entrega de síntesis y/o desarrollos de métodos según las especificaciones del cliente. (en adelante “síntesis del cliente”).
(2) El desarrollo y entrega de productos de marca privada Proo síntesis del cliente se lleva a cabo dentro del plazo acordado sobre la base de las especificaciones/análisis del producto Pro . certificados acordados entre el cliente y CONIUNCTA®según un formato especificado por CONIUNCTA® . El cliente tiene derecho a cambiar y adaptar las especificaciones del producto Proen cualquier momento hasta la entrega.
Cualquier cambio y ajuste requiere el consentimiento de CONIUNCTA®para ser efectivo. CONIUNCTA® informará al cliente sobre el posible cambio en la remuneración y las fechas de producción y entrega y obtendrá el consentimiento para ello. Cualquier tiempo y costo adicional asociado con los cambios y ajustes del Cliente se facturarán al Cliente. Si el cliente no está de acuerdo con los cambios, CONIUNCTA® no está obligado a realizarlos. CONIUNCTA® tiene derecho a cobrar al cliente los costos de probar la viabilidad de las solicitudes de cambio del cliente.
Las síntesis del cliente se basan en conceptos preliminares basados en investigaciones bibliográficas y en nuestra propia experiencia en la síntesis de moléculas similares. lo mejor de nuestro conocimiento. Sin embargo, sigue existiendo un riesgo residual de que la síntesis prevista por el cliente no tenga éxito y la molécula objetivo no pueda producirse o no pueda producirse en la cantidad o pureza deseada. Si el objetivo acordado sólo puede alcanzarse con un esfuerzo significativamente mayor, se aplicará en consecuencia el párrafo anterior. Si el cliente no está de acuerdo con los ajustes, CONIUNCTA® tiene derecho a rescindir el contrato y a facturar los servicios prestados hasta el momento de la rescisión.
(3) El riesgo de idoneidad y uso recae exclusivamente en el cliente. No se debe la ocurrencia de un éxito económico determinado, salvo pacto expreso en contrario.
(4) CONIUNCTA® tiene derecho, en caso de incumplimiento de las obligaciones de cooperación del cliente, a rescindir el contrato una vez transcurrido un plazo razonable fijado por CONIUNCTA® . Además, CONIUNCTA® tiene derecho a facturar al cliente los gastos adicionales en los que pueda incurrir.
(5) CONIUNCTA® tiene derecho a facturar los pedidos a tiempo si el cliente no cumple con los plazos de entrega establecidos set.
(6) CONIUNCTA® está autorizado a utilizar uno facturar los costes adicionales incurridos debido a condiciones imprevisibles o no anunciadas al proporcionar y procesar pedidos de materiales de terceros.
(7) CONIUNCTA® tiene derecho a utilizar subcontratistas adecuados para realizar tareas parciales del pedido global de acuerdo con su propia selección y criterio
(8) CONIUNCTA® está autorizado, ya. facturar los servicios prestados o por prestar en el ámbito de la notificación de disponibilidad para realizar la entrega. La disposición para entregar significa que CONIUNCTA® puede facturar en cualquier momento los servicios relacionados con el pedido que no requieren la cooperación directa del cliente . Esto incluye productos sin terminar (productos semiacabados sin influencia en un opción de finalización por parte de CONIUNCTA®).
(9) CONIUNCTA® tiene derecho a nombrar al cliente como cliente de referencia, indicando el nombre de su empresa.
4. COMPENSACIÓN, SUSTITUCIÓN EN CASO DE RESOLUCIÓN
(1) A menos que se acuerde lo contrario por escrito, la compensación se entiende como precios netos franco fábrica más el impuesto legal sobre las ventas. Cualquier pago especial relacionado con el pago de la remuneración (por ejemplo, tasas bancarias, tasas de cambio de moneda, etc.) corre a cargo del cliente. La remuneración es en euros. La devolución y eliminación del embalaje deberán acordarse por separado.
(2) Si el cliente hace uso de su derecho de rescisión según el artículo 648 del BGB. CONIUNCTA® puede, en lugar de las reclamaciones derivadas del artículo 648 del BGB, facturar los servicios prestados hasta el momento de la rescisión y, además, exigir una tarifa fija del 10 % de la remuneración por los servicios aún no realizados como compensación por otros gastos y lucro cesante. Queda intacto el derecho del cliente a demostrar que el daño CONIUNCTA® según el artículo 648 del Código Civil alemán fue significativamente menor que la tarifa fija o que CONIUNCTA® no hubo ningún daño.
5. CONDICIONES DE PAGO
(1) El precio total acordado o los pagos por adelantado se facturarán de acuerdo con el plan de pago acordado.
(2) Los pagos deben realizarse sin deducciones dentro de los 14 días siguientes a recibo de la factura. CONIUNCTA® tiene derecho a emitir facturas electrónicamente, salvo acuerdo en contrario. El cliente podrá solicitar la emisión de facturas físicas en cualquier momento.
(3) CONIUNCTA® paga dentro de un período de 60 días después de la recepción e inspección de los bienes o después de inspección de la prestación de servicios.
(4) En caso de retraso en el pago, se aplican las disposiciones legales Consecuencias del incumplimiento.
(5) El cumplimiento de los plazos de desarrollo, producción y entrega acordados contractualmente requiere el cumplimiento de las obligaciones de cooperación y ejecución anticipadas acordadas, así como de otras obligaciones contractuales del cliente. Si el cliente se retrasa en el cumplimiento de sus obligaciones de cooperación o de ejecución anticipada, así como en sus otras obligaciones contractuales, en particular obligaciones de pago de relaciones contractuales anteriores, CONIUNCTA® puede negarse a seguir prestando el servicio.
(6) La compensación o retención por parte del cliente sólo está permitida en caso de contrademandas indiscutibles o legalmente establecidas del cliente.
(7) CONIUNCTA® tiene derecho a refinanciar reclamaciones contra clientes ubicados en Alemania y países de la UE a abcfinance GmbH, Kamekestr. 2-8, 50672 Colonia, por asignar. Cuando se celebre el contrato, se informará al comprador si se cederá el crédito. En estos casos, los pagos con efecto de liberación de deuda sólo podrán realizarse a abcfinance GmbH. Sus datos bancarios se comunicarán al comprador cuando se celebre el contrato.
(8) CONIUNCTA® se reserva el derecho de presentar reclamaciones y condiciones de pago acordadas con vencimiento inmediato en caso de cambios o las condiciones del cliente la solvencia no es suficiente o para salvaguardar la capacidad de continuar como empresa en funcionamiento a su propia discreción cambiar.
6. ENTREGA, PLAZO DE PRESTACIÓN
(1) La entrega es EXW (Incoterms 2020), salvo acuerdo expreso en contrario. En el caso de importación a países no pertenecientes a la UE, el cliente también asume la responsabilidad de organizar la importación. Cualquier restricción de importación al lugar de entrega solicitada por el cliente corre por cuenta del cliente.
(2) Todos los plazos especificados por CONIUNCTA® , en particular las fechas de desarrollo y entrega, sólo son vinculantes si están expresamente designados como vinculantes por CONIUNCTA® . La expiración de los plazos vinculantes da derecho al cliente a hacer valer los derechos legales que le corresponden - sujeto a las restricciones correspondientes en estos Términos y Condiciones Generales - pero sólo después de la expiración infructuosa de un plazo de reparación razonable fijado por él.
(3) CONIUNCTA® no es responsable de la imposibilidad de entrega o de los retrasos en la entrega, en la medida en que se deban a fuerza mayor u otros acontecimientos que no eran previsibles en el momento de la celebración del contrato (p. ej. Interrupciones operativas de todo tipo, dificultades en la adquisición de materiales o energía, retrasos en el transporte, epidemias y pandemias, huelgas, cierres patronales legales, escasez de trabajadores, energía o materias primas, dificultades para obtener las aprobaciones oficiales necesarias, medidas oficiales o la ausencia, incorrecta o entrega no oportuna por parte de los proveedores) de los cuales CONIUNCTA® no es responsable.
Si tales acontecimientos CONIUNCTA® dificultan o imposibilitan significativamente la entrega o el servicio y el obstáculo no es sólo temporal, CONIUNCTA® tiene derecho a rescindir el contrato. En caso de obstáculos temporales, los plazos de entrega o servicio se prorrogarán o se pospondrán las fechas de entrega o servicio por el período del obstáculo más un período razonable de puesta en marcha. Si no se puede esperar razonablemente que el cliente acepte la entrega o el servicio como resultado del retraso, puede rescindir el contrato notificándolo inmediatamente a CONIUNCTA® por escrito.
(4) CONIUNCTA® tiene derecho a realizar entregas parciales si
• la entrega parcial puede ser utilizada por el cliente dentro del alcance del propósito previsto contractual es,
• la entrega de los bienes restantes está asegurada y
• el cliente no incurre en ningún esfuerzo adicional significativo o costos adicionales como resultado (a menos que CONIUNCTA® acepte asumir estos costos ) .
7. TRANSFERENCIA DEL RIESGO
(1) El riesgo pasa al cliente a más tardar cuando el artículo se entrega al almacén, al transportista, al transportista, a otros terceros designados para realizar el envío o al propio cliente. , siendo decisivo el inicio del proceso de notificación y reserva de finalización o del proceso de carga. Esto también se aplica si se realizan entregas parciales o CONIUNCTA® ha contratado otros servicios (por ejemplo, envío). Si el envío o la entrega se retrasa por una circunstancia provocada por el cliente, el riesgo pasa al cliente a partir del día en que la mercancía está lista para su entrega y CONIUNCTA® le ha informado de ello.
( 2) Si la entrega se retrasa a petición del cliente, el riesgo pasa al cliente a partir del día en que se informa que está listo para el envío.
(3) Los costos de almacenamiento después de la transferencia del riesgo corren a cargo del cliente. Cuando se almacena en CONIUNCTA® , los costos de almacenamiento son el 0,25% del monto de la factura de los artículos de entrega que se almacenarán pro durante la semana pasada. Nos reservamos el derecho de afirmar y proporcionar evidencia de costos de almacenamiento adicionales o menores.
(4) Cualquier entrega será realizada únicamente por CONIUNCTA® contra robo, rotura, transporte, incendio y daños por agua u otros riesgos asegurables. están asegurados.
(5) Si los servicios acordados contractualmente requieren aceptación, el Proconducto se considerará aceptado cuando
• se complete la entrega,
• CONIUNCTA® esto es comunicado al cliente con referencia a la ficción de aceptación de acuerdo con este párrafo (5) y solicitado para aceptarlo
• Han pasado doce días hábiles desde la entrega del resultado del desarrollo o el cliente ha comenzado a utilizar el producto CONIUNCTA®-Pro(por ejemplo, comenzó a vender el producto Proo el conducto Prousado como parte de su propia producción Pro) y en este caso han pasado seis días hábiles desde la entrega y
• el cliente no ha aceptado la mercancía dentro de este período por una razón distinta a un defecto informado a CONIUNCTA® que imposibilita el uso del producto CONIUNCTA®-Proo lo perjudica significativamente .
8. RETENCIÓN DE TÍTULO, PROHIBICIÓN DE CESIÓN
(1) CONIUNCTA® conserva la propiedad de los productos CONIUNCTA®-Proentregados hasta la recepción total de los pagos acordados contractualmente sobre las reclamaciones de CONIUNCTA® del contrato subyacente ( Entrega de CONIUNCTA®-Proproductos) y cualquier relación comercial anterior a este contrato con respecto a productos CONIUNCTA®-Prosimilares con el cliente, incluidas las reclamaciones legales. El cliente está obligado a marcar en consecuencia los conductos CONIUNCTA®-Proque aún no son de su propiedad.
(2) El cliente puede utilizar los conductos CONIUNCTA®-Proque están sujetos a retención del título y revender en el curso normal del negocio siempre que el cliente no esté en mora en el pago. Sin embargo, el cliente no podrá pignorar los productos CONIUNCTA®-Prosujetos a reserva de propiedad ni transferirlos como garantía. Las reclamaciones del cliente por el pago contra sus clientes por una reventa de los productos CONIUNCTA®-Prosujetos a reserva de propiedad, así como aquellas reclamaciones del cliente con respecto a los productos CONIUNCTA®-Proque surjan de cualquier otra legalidad. motivo contra sus clientes o terceros (en particular reclamaciones derivadas de actos ilícitos y reclamaciones de prestaciones de seguros), incluidas todas las reclamaciones de saldos de cuentas corrientes El cliente ahora transfiere el importe total a CONIUNCTA® como garantía.
(3) El cliente puede cobrar estos créditos cedidos a CONIUNCTA® en su propio nombre durante CONIUNCTA® siempre que CONIUNCTA® no tiene esta autorización revocada. Esto no afecta el derecho de CONIUNCTA®a cobrar estas reclamaciones por sí mismo; Sin embargo, CONIUNCTA® no hará valer los créditos por sí mismo y no revocará la autorización de domiciliación bancaria siempre que el cliente cumpla adecuadamente con sus obligaciones de pago.
(4) Sin embargo, si el cliente se comporta en incumplimiento del contrato - en particular si está en mora con el pago de una reclamación de pago - CONIUNCTA® puede exigir que el cliente CONIUNCTA® acepte las reclamaciones cedidas y el respectivo anuncia al deudor, informa a los respectivos deudores de la cesión y CONIUNCTA® entrega todos los documentos y proporciona toda la información, que CONIUNCTA® está obligado a hacer valer las reclamaciones.
(5) Cualquier procesamiento o transformación de los productos CONIUNCTA®-Prosujetos a reserva de propiedad por parte del cliente se realiza siempre para CONIUNCTA® .Si los productos CONIUNCTA®-Prosujetos a reserva de dominio se procesan con otros artículos que no pertenecen a CONIUNCTA® , CONIUNCTA® adquiere la copropiedad del nuevo artículo en proporción al valor del CONIUNCTA®-Proconducto (monto final de la factura, incluido el impuesto sobre las ventas) a los demás artículos procesados en el momento del procesamiento. En caso contrario, al nuevo elemento creado mediante procesamiento se le aplica lo mismo que a los CONIUNCTA®-Proconductos sujetos a reserva de dominio.
Si los CONIUNCTA®-Proconductos sujetos a reserva de dominio no se combinan con otras CONIUNCTA® las pertenencias están inseparablemente conectadas o mezcladas, por lo que adquiere CONIUNCTA® Copropiedad del nuevo artículo en la relación entre el valor de los CONIUNCTA®-Proconductos sujetos a reserva de propiedad (monto final de la factura, incluido el impuesto sobre las ventas) con respecto a los demás artículos conectados o mixtos en el momento de conexión o mezcla. Si los conductos CONIUNCTA®-Proestán conectados o mezclados de tal manera que
el artículo del cliente deba ser visto como el artículo principal, el cliente y CONIUNCTA® ya acuerdan que el cliente CONIUNCTA® Se transfiere prorrateada la copropiedad de este artículo.
(6) Patadas CONIUNCTA® rescinde el contrato si el cliente incumple el contrato, en particular en caso de retraso en el pago, CONIUNCTA® tiene derecho a recuperar los productos CONIUNCTA®-Proque aún no son propiedad del cliente a expensas del cliente y/o reclamar daños y perjuicios al cliente a demanda. Esto no afecta a otras reclamaciones de CONIUNCTA® .
(7) En caso de incautaciones, confiscaciones o aplicación de medidas coercitivas por parte de terceros, el cliente debe notificar inmediatamente a CONIUNCTA® por escrito.
El cliente corre con los costos de hacer valer y hacer cumplir las reclamaciones deCONIUNCTA® con respecto a los conductos CONIUNCTA® - Proque aún no son propiedad del cliente.
(8) En la medida en que el valor de los valores existentes, los derechos de CONIUNCTA® contra el cliente derivados del contrato subyacente y cualquier relación comercial anterior a este contrato relativa a productos Pro similares entre CONIUNCTA® y el cliente en más del 10%, CONIUNCTA® está obligado, a petición del cliente, a liberar las garantías adecuadas a la libre elección de CONIUNCTA® .
9. GARANTÍA
(1) El objeto del contrato es exclusivamente el conducto CONIUNCTA® - Procon las propiedades y características así como el uso previsto de acuerdo con el acuerdo contractual individual y la especificación del productoProen la que se basa el contrato individual con el cliente o el certificado de análisis [Sección 3 (2)]. No hay ningún defecto y la garantía queda excluida si y en la medida
• el defecto se debe al hecho de que los conductos CONIUNCTA® - Prono se transportan y/o almacenan protegidos de la luz, o
• el defecto se debe a los conductos CONIUNCTA® - Prono se puede transportar ni almacenar a la temperatura ambiente recomendada de 15 a 25 °C, o
• el defecto se debe al embalaje primario y secundario proporcionado por el cliente, o
• los productos CONIUNCTA® - Proestaban fuera deCONIUNCTA® controlados ode CONIUNCTA® almacenes certificados, o
• losCONIUNCTA®- Proconductos son procesados posteriormente por un tercero sin el previo consentimiento , o
• el CONIUNCTA® - Proproductos debido a materias primas presentan fenómenos de segregación como sedimentación y/o formación de crema, o
• los conductos CONIUNCTA® - Procontienen, por razones técnicas, trazas de otras materias primas que pueden utilizarse de acuerdo con EC/1223/ 2009 y DIN EN ISO 22716, o
• el de CONIUNCTA® según EC/1223/2009 y DIN EN ISO 22716 como materias primas comercializables reguladas no están reconocidas por terceros, o
• el CONIUNCTA® - Proproductos en el marco del progreso técnico o internoProse cambiaron los cambios del proceso, o
• lasCONIUNCTA®- Proconductos fluctuaciones en los agentes de ajuste según EC/1223/2009 y DIN EN ISO 22716 como amortiguadores y/o agentes gelificantes tener,
• losCONIUNCTA®- Proconductos se ajustaron para mantener la capacidad de entrega.
(2) Otras propiedades y/o características más amplias y/o un propósito más allá de este solo se considerarán acordados si son confirmados expresamente por escrito porCONIUNCTA® . Las descripciones de los productos Pro adjuntas, así como la calidad acordada individualmente, no suponen la presunción de una garantía de calidad o durabilidad en el sentido del § 443 BGB o § 639 BGB, a menos que CONIUNCTA® y el cliente acuerden lo contrario por contrato.
(3) CONIUNCTA® se reserva el derecho debido a razones específicas de fabricación y del material. Circunstancias especiales requieren una entrega excesiva o insuficiente del 10% de la cantidad del pedido. Las diferencias en las cantidades se compensarán en un pedido posterior.
(4) El cliente está obligado a inspeccionar cuidadosamente el producto CONIUNCTA® - Proentregado inmediatamente después de la entrega a él o a un tercero. designado por él. Se considera que el conductoProrespectivo ha sido aprobado por el cliente con respecto a defectos obvios u otros defectos que habrían sido reconocibles durante una inspección inmediata y cuidadosa si CONIUNCTA® no recibe una queja por escrito de los defectos dentro de los cinco días hábiles. de entrega. Respecto a otros defectos, los conductos CONIUNCTA® - Prose considerarán aprobados por el cliente si la reclamaciónCONIUNCTA® no se recibe dentro de los cinco días hábiles siguientes al momento en que se hizo evidente el defecto; Si el defecto ya fue evidente para el cliente en un momento anterior durante el uso normal, este momento anterior es decisivo para el inicio del plazo de reclamación. A petición de CONIUNCTA® , un producto CONIUNCTA® - Prorechazado debe devolverse con flete pagado por adelantado aCONIUNCTA® . Si la reclamación está justificada, CONIUNCTA® reembolsará el coste de la ruta de envío más económica; Esto no se aplica si los costos aumentan porque el conducto CONIUNCTA® - Proestá en un lugar distinto al lugar de uso previsto.
(5) En caso de defectos materiales en el CONIUNCTA® entregado >- Produkts estáCONIUNCTA® inicialmente disponible después de que se debe realizar una elección dentro de un período de tiempo razonable Estamos obligados y autorizados a realizar reparaciones o entregas de sustitución. En caso de fallo, es decir, imposibilidad, irracionalidad, rechazo o retraso irrazonable de la reparación o entrega de reemplazo, el cliente puede rescindir el contrato o reducir el precio de compra de manera adecuada.
(6) CONIUNCTA® tiene derecho cancelar el incumplimiento en su totalidad o rechazarlo si implica costos desproporcionados o es imposible por otros motivos. Otros derechos del cliente no se verán afectados.
(7) El período de garantía es de un año y comienza con la entrega al cliente o a otro destinatario designado por el cliente o desde el momento de la aceptación, si y en la medida en que la aceptación sea necesaria. Este plazo no se aplica a las reclamaciones del cliente por daños derivados de lesiones a la vida, el cuerpo o la salud o por incumplimiento intencional o negligente grave del deber por parte deCONIUNCTA® o sus auxiliares ejecutivos, que expiran de acuerdo con las disposiciones legales.
(8 ) Los conductos CONIUNCTA® - Propueden serProductos que requieren aprobación oficial. Es responsabilidad del cliente adquirir las aprobaciones/certificados oficiales necesarios y consultar acerca de los requisitos antes de realizar un pedido e informar a CONIUNCTA® al respecto. CONIUNCTA® no garantiza que los productos CONIUNCTA® - Pro, en particular los productos de marca privadaProo las síntesis de clientes, cumplan con los requisitos para la aprobación oficial. CONIUNCTA ®no asume ninguna responsabilidad con respecto a la idoneidad para el área regulatoria respectiva. La persona responsable es siempre el cliente.
10. RESPONSABILIDAD
(1) En caso de dolo y negligencia grave, CONIUNCTA® es responsable sin limitación.
( 2) En caso de negligencia simple, la responsabilidad es ilimitada CONIUNCTA® únicamente
a) por daños resultantes de lesiones a la vida, el cuerpo o la salud,
b) por daños resultantes de la violación de una obligación contractual esencial (es decir, una obligación cuyo cumplimiento hace posible la correcta ejecución del contrato en primer lugar y en cuyo cumplimiento el socio contractual confía y puede confiar habitualmente); Sin embargo, en este caso la responsabilidad se limita a la indemnización de los daños previsibles y habituales. Las limitaciones de responsabilidad resultantes de la frase anterior no se aplican si CONIUNCTA® ha ocultado fraudulentamente un defecto o ha dado una garantía sobre la calidad de la mercancía. Lo mismo se aplica a las reclamaciones de los clientes en virtud de la Pro dukthaftungsgesetz.
Se excluye cualquier responsabilidad adicional de CONIUNCTA® .
(3) En la medida en que CONIUNCTA® proporcione información técnica o actúe en una capacidad de asesoramiento y esta información o asesoramiento no se relaciona con el alcance de los servicios acordados contractualmente que debe pertenecen, esto se hace de forma gratuita y excluyendo cualquier responsabilidad.
11. NOTAS ACLARATORIAS SOBRE COBERTURA DE SEGURO E INFORMACIÓN REGLAMENTARIA
(1) En caso de acuerdo de exención, en lo que respecta al alcance de la cobertura de seguro para los servicios y Pro conductos de CONIUNCTA® , se hace referencia a La siguiente cláusula de los contratos de seguro entre CONIUNCTA® y AXA Versicherung AG señalaba: “Existe cobertura de seguro para la indemnización acordada por el tomador del seguro a favor de su cliente o clienta frente a reclamaciones de terceros por daños debidos a lesiones personales, daños a la propiedad o pérdidas financieras resultantes causadas por productos fabricados o entregados por el tomador del seguro o trabajos realizados u otros. servicios. El requisito previo es que el reclamo se deba a un defecto que ya existía en el momento en que el producto salió del control del asegurado o cuando el asegurado completó su trabajo y/o sus servicios.Si existe negligencia contributiva/causalidad contributiva por parte del cliente o del cliente que se beneficia de la declaración de exención, la cobertura de seguro para la declaración de exención sólo existe en la medida en que corresponda a la parte de culpa/causalidad del tomador del seguro, incluso si el acuerdo establece lo contrario. La empresa liberada no adquiere ningún derecho directo contra AXA Versicherung AG."
(2) Es responsabilidad del cliente garantizar una cobertura de seguro adecuada para posibles reclamaciones de sus clientes contra él, en la medida en que la reclamación se base on Error se debe a su área de responsabilidad.
(3) Además, CONIUNCTA® señala que la cobertura del seguro solo está disponible dentro Se aplica la Unión Europea. Si y en la medida en que el cliente tenga la intención de vender los productos CONIUNCTA® - Profuera de Europa, informará aCONIUNCTA® de ello a más tardar al realizar el pedido y obtendrá el consentimiento de CONIUNCTA® . Sin el consentimiento de CONIUNCTA® , no se permite la distribución de los productos CONIUNCTA® - Profuera de Europa.
12. DERECHOS DE PROPIEDAD E INFRACCIONES
(1) Todos los derechos de propiedad y know-how existentes, registrados y no registrados, permanecen en CONIUNCTA® . Esto también se aplica a cualquier derecho de propiedad intelectual y know-how que surja durante el desarrollo y producción de productos de marca propia o síntesis de clientes. El cliente no tiene derecho a utilizar ninguna información que se le haya proporcionado en relación con los derechos de propiedad registrados y no registrados y el know-how de CONIUNCTA®para fines fuera de este contrato (por ejemplo, producción propia).
(2) Voluntad después la celebración efectiva del contrato entreCONIUNCTA® y el cliente, las violaciones de los derechos de propiedad son alegadas contra el cliente por parte de terceros y el uso de Los productos CONIUNCTA® - Pro se ven afectados o prohibidos por esto, CONIUNCTA®, dentro de un período de tiempo razonable, a su propia discreción, cambiará o reemplazará los productosCONIUNCTA® - Pro de tal manera que ya no afectan a los derechos de propiedad intelectual de terceros, pero corresponden a la calidad acordada contractualmente. CONIUNCTA®tiene derecho, en lugar del procedimiento antes mencionado, a anular el contrato celebrado con el cliente y a devolver los productosCONIUNCTA® - Pro contra el reembolso de la remuneración pagada por el cliente después de la deducción de un valor de reposición adecuado para Proproductos que no se pueden devolver, retírelos.
(3) Si se realizan reclamaciones de terceros contra el cliente debido a una supuesta Si se plantea una infracción de los derechos de propiedad por parte de los productosCONIUNCTA® - Pro , el cliente debe dejar la decisión exclusiva de CONIUNCTA®para llevar a cabo cualquier disputa que surja de esto. En particular, el cliente no podrá llegar a un acuerdo ni hacer otras concesiones sin el consentimiento previo por escrito deCONIUNCTA® . CONIUNCTA® corre con todos los costos de cualquier disputa legal que pueda llegar a ser necesaria.
(4)CONIUNCTA® no es responsable de las infracciones de los derechos de propiedad intelectual si los productos CONIUNCTA® - Pro no se publican en Se utilizó un formulario no autorizado por CONIUNCTA®.
(5) El cliente garantiza que las especificaciones proporcionadas por él no infringen ningún derecho de propiedad de terceros. En caso de queCONIUNCTA® sea utilizado por terceros en este contexto, el cliente está obligado a indemnizar a CONIUNCTA® por reclamaciones de terceros debidas a infracciones de derechos de propiedad intelectual, en la medida en que dichas reclamaciones de terceros se reduzcan a las especificaciones del cliente. .
13.CONFIDENCIALIDAD
El cliente está obligado a conservar toda la información puesta a su disposición o conocida en relación con el contrato, incluida la información sobre la naturaleza de los conductosCONIUNCTA® - Pro y sobre los procesos de análisis, desarrollo y síntesis. y Protecnología de acceso, que se mantendrá en secreto. CONIUNCTA®tiene derecho a nombrar al cliente - directa o indirectamente - como referencia.
14. DISPOSICIONES FINALES
(1) En caso de duda, se aplicarán las disposiciones de estas Condiciones Generales y Las condiciones siguen siendo válidas incluso si algunas de ellas son jurídicamente ineficaces. El resto de las disposiciones son vinculantes. Las partes se comprometen a sustituir las disposiciones ineficaces por disposiciones que se acerquen lo más posible al éxito económico deseado. Lo mismo se aplica a cualquier laguna existente en el contrato.
(2) Los cambios o adiciones a estos términos y condiciones generales, así como los pedidos confirmados, deben realizarse por escrito. Esto también se aplica a cualquier cambio en esta cláusula de forma escrita.
(3) El contrato celebrado entre las partes está sujeto exclusivamente a la ley de la República Federal de Alemania, excluyendo la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional. de Mercancías (CISG).
(4) En caso de litigios relacionados con el contrato celebrado entre las partes, el Tribunal Regional de Colonia tiene competencia exclusiva. Sin perjuicio de esto,CONIUNCTA® sigue teniendo derecho a presentar una demanda en el lugar de jurisdicción general del cliente.
(5)CONIUNCTA® tiene derecho, a su propia discreción, a presentar disputas que surjan de o en conexión con el contrato, incluidas todas las cuestiones relativas a su existencia, validez o terminación, deben decidirse mediante arbitraje en París según las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional ("CCI") en lugar de hacerlo en tribunales ordinarios. El tribunal de arbitraje debe estar compuesto por 3 árbitros. El idioma del arbitraje es el inglés. Si el cliente tiene la intención de presentar una demanda, CONIUNCTA® está obligado, a petición del cliente, a optar por recurrir al tribunal de arbitraje dentro de un plazo razonable fijado por el cliente. Si CONIUNCTA® no toma una decisión dentro del plazo razonable establecido por el cliente o si CONIUNCTA® decide no apelar ante el tribunal de arbitraje, el derecho de CONIUNCTA® a apelar ante el tribunal de arbitraje expira.
Fin del Términos y condiciones. 14.05.2018.